Shiro Ishii y el escuadrón 731
Uno de los aspectos que también llamó la atención y desató críticas sobre el funcionamiento del TPMILO fue la nula investigación y sanción a los miles de testimonios vertidos por parte de civiles y militares de la República China en contra del Imperio del Japón respecto al uso de armas químicas (prohibido incluso antes de comenzar los enfrentamientos bélicos en los que Japón había participado tras la Primera Guerra Mundial) así como pruebas y experimentos biológicos en prisioneros.[1]
En el marco de los años de 1937 y hasta 1945, el ejército imperial japonés desarrolló un programa de investigación con el objetivo de experimentar con armas químicas y biológicas. Para la consecución de este fin fueron creadas una serie de unidades de investigación médica, principalmente en las zonas ocupadas y los Estados títere de Japón en China, bajo la cobertura de ser establecidas como “un plan para la potabilización de agua para las tropas japonesas en China” que en realidad eran centros de investigación médica, cuyo predilecto conejillo de indias eran prisioneros de guerra y prisioneros políticos acusados de ser espías o miembros de la resistencia, fundamentalmente de origen chino, pero también soviéticos, mongoles y coreanos, además de enfermos mentales y discapacitados.[2] Así fue que, para el año de 1939 se habían habilitado y se encontraban en funcionamiento grandes centros como los establecidos en Harbin, Beijing, Nangking, Guangzhou, Singapúr y Tokio, con poco más de 10.000 trabajadores.[3] En dichos centros de experimentación se cometían tales actos crueles e inhumanos que el testimonio de aquellas personas que declararon sobre estas actividades referían que aquellos que paraban en ellos “..morían por segunda vez…”. Estos comprendían:[4]
- Investigación de enfermedades infecciosas: Se inoculaba a los sujetos de prueba con enfermedades como cólera, tifus, difteria, botulismo, ántrax, muermo, brucelosis, disentería, sífilis, peste bubónica, entre otras; forzándolos a comer alimentos infectados o a beber líquidos contaminados, o bien se les obligaba a portar objetos o ropas contaminadas con el objetivo de observar la evolución de estas en el cuerpo humano y probar determinadas vacunas.
- Pruebas de armamento: Uso de individuos como blanco a efecto de probar armas convencionales, agentes químicos y biológicos como lanzallamas, granadas, bombas o la exposición a gas mostaza o a ácido cianhídrico.
- Experimentos fisiológicos: Parecidos a los realizados por los nazis en el frente occidental como la valoración del tiempo de asfixia tras colocar boca abajo a los prisioneros y de embolia después de la inyección intravascular de aire; así como la prueba de los efectos de la inyección de orina de caballo y de agua de mar, la privación de alimentos, agua o sueño, la congelación, las radiaciones masivas con rayos X, colocación de prisioneros en máquinas centrifugadoras para evaluar su supervivencia, experimentos de hipotermia y reanimación, vivisecciones, autopsias en prisioneros moribundos así como apendicectomías y traqueotomías, extracción de balas previamente disparadas a los prisioneros, amputaciones de miembros y asesinato de sujetos de prueba.
Una de las sombrías unidades que se erigieron en estos tenebrosos centros fue el sonado “escuadrón 731”, al que muchas veces se le considera como el brazo derecho en la implementación del programa bélico biológico del ejército imperial; radicando en la ciudad de Harbin entre 1936 y 1945 realizando los experimentos antes mencionados; llegando incluso a referirse a aquellas víctimas como “troncos” al ser una parte del complejo de Harbin un “aserradero”.[5] Inclusive su nombre volvió a cobrar relevancia entre los años de 1997 y 1988, cuando un grupo de 180 ciudadanos chinos, descendientes de las víctimas, presentaran una demanda colectiva contra el Estado de Japón donde se narran las actividades que la unidad realizaba.
Desde el argumento donde la unidad supuestamente había liberado aviones con pulgas infectadas de peste bubónica hasta la entrega de alimentos mezclados con bacterias de cólera en las provincias de Zhejiang y Hunan entre 1940 y 1942 son solo algunas de las actividades que realizaba dicho escuadrón que, según estiman, bajo el marco de este programa, causó alrededor de 12.000 muertes directas, mientras que algunos historiadores las cifran en 200.000 y otros más en 580.000[6]; considerando las muertes por las pandemias que se desataron entre la población en esos años.
Sin embargo, y por más sorprendente que llegase a sonar, ninguno de los integrantes de estas unidades de experimentación fue juzgado por el TPMILO; de acuerdo con una teoría conjunta entre historiadores e investigadores estadunidenses y japoneses la actividad de estos centros y del escuadrón fue sujeta del más extremo secretismo por parte del gobierno de los Estados Unidos; país que otorgó la inmunidad a sus integrantes a cambio de que estos entregaran la información científica recolectada. Por su parte la Unión Soviética llevó a juicio a 12 militares japoneses, supuestamente pertenecientes al mencionado escuadrón por crímenes de guerra en la ciudad rusa de Khabarovsk en 1949; en el cual seis de los acusados recibieron sentencias condenatorias de entre 2 y 25 años de prisión.
Tampoco puede dejarse de mencionar a la mente que diseñó todo el organigrama de estos centros de investigación, al que muchos comparan con el “ángel de la muerte del Tercer Reich” o incluso refieren, lo supera por sus sádicos métodos de investigación; el doctor Shiro Ishii. Graduado de la Universidad de Kioto en 1920, poco tiempo después se enroló en el ejército siendo destinado al Hospital del Primer Ejército y Escuela Médica Militar de Tokio; tras doctorarse en 1927 viajó a los Estados Unidos y Europa como agregado militar con el fin de “…obtener todos los conocimientos posibles sobre el uso de armas químicas y bacteriológicas que se llevó a cabo durante la Primera Guerra Mundial…”[7].
Ishii regresó a Japón convencido de que la guerra moderna solo se podía ganar mediante la ciencia y la capacidad del Estado para producir armas de destrucción masiva; dedicándose a promover dicho pensamiento entre sus colegas médicos y militares, ganándose incluso el patrocinio y simpatía de altos cargos del ejército, escalando hasta el grado de comandante y de ser nombrado profesor de inmunología de la Facultad de Medicina del Ejército en Tokio.[8] Tuvo su primera prueba a fin de demostrar sus ideas cuando una epidemia de meningitis se desató en algunas regiones del país y este diseñó un filtro especial para el agua a efecto de frenar la expansión de dicha pandemia; haciéndose así aún más reconocido por las autoridades japonesas.[9]
Tras la invasión de Manchuria Ishii fue destinado al distrito de Pingfang, al noreste de la ciudad china de Harbin, donde fue puesto al mando de la denominada “Unidad Antiepidémica de Suministro de Agua 731”, mejor conocida como el escuadrón 731, e inició las pruebas anteriormente descritas sobre aquellos desafortunados hombres, mujeres y niños que llegaban al centro de investigación. Al ser su especialidad, Ishii, comenzó con los ensayos de microbiología con la inoculación de enfermedades; cuando sintió que este campo había sido lo suficientemente explorado optó por experimentos fisiológicos con el fin de determinar a qué limites podía llegar la resistencia humana junto con la prueba de la efectividad de las distintas armas que el ejército japonés tenía; de igual forma destacan las pruebas que realizó en animales, sobre todo gatos.
Después del anuncio de la rendición del imperio, similar a lo que pasó con los campos de concentración y exterminio en la Alemania Nacional Socialista, el gobierno ordenó la destrucción de todos los centros de investigación; así como borrar toda evidencia de lo que allí se había cometido; se dice que antes de marchar se ejecutó a los prisioneros y trabajadores chinos de las instalaciones mediante inyecciones de cianuro potásico y se liberaron ratas y pulgas infectadas con distintos tipos de enfermedades. Ishii, convencido de que sería enviado a juicio, fingió su propia muerte y huyó para ser capturado en 1946; sin embargo, el plan de los Estados Unidos no era exactamente el de llevarlo al banquillo del acusado.
Ishii y otros miembros del cuerpo de investigación lograron negociar su inmunidad ante el TPMILO, por conducto de los Estados Unidos, a cambio de proporcionar todos los datos sobre guerra bacteriológica que hubieran obtenido en sus investigaciones a los aliados occidentales, ya que estos sentían una preocupación en que la Unión Soviética pudiera hacerse con ellos. El Tribunal incluso objeto las solicitudes para proceder contra los implicados en estos actos puesto que “…no había pruebas suficientes para acusarlo…”.
Tras el fin de los Juicios de Tokio muchos de los implicados continuaron sus labores de investigación, incluso siendo protegidos por los gobiernos de Japón y los Estados Unidos; entre ellos también se encontraba Shiro Ishii quien abrió una clínica de atención gratuita en su país. Murió de cáncer de garganta en 1959 sin ser objeto de juicio alguno y solo fue hasta 1980 que su nombre y las operaciones del escuadrón 731 cobraron relevancia una vez más.
La Acusación de la Fiscalía
Respecto al desarrollo de los juicios de Tokio, el TPMILO se encargó de juzgar a los 28 individuos considerados como criminales de guerra mencionados anteriormente desde mayo de 1946 hasta diciembre de 1948. La Fiscalía presentó su caso entre el 4 de junio de 1946 y el 24 de enero de 1947[10] donde se formularon los siguientes cargos en tres grupos.[11]
Grupo uno; se refería a la responsabilidad individual de los acusados por crímenes contra la paz[12], abarcaba los cargos 1 al 36 los cuales se estructuraron de la siguiente forma:
- Los cargos 1 al 5 alegaban que todos los acusados junto con sus subordinados participaron en calidad de líderes, organizadores, instigadores o cómplices en la formulación o la ejecución de un plan común o conspiración, entre el 1 de enero de 1928 y el 2 de septiembre de 1945.
- Los cargos 6 al 17 alegaban que todos los acusados habían planeado y preparado guerras de agresión y guerras en violación del derecho internacional, o de tratados, acuerdos y garantías internacionales en contra de: China, los Estados Unidos, el Reino Unido y todas las partes del Commonwealth Británico que no fueran objeto de cargos específicos en la acusación, Australia, Nueva Zelanda, el Canadá, la India, Filipinas, los Países Bajos, Francia, Tailandia y la Unión Soviética, entre el 1 de enero de 1928 y el 2 de septiembre de 1945.
- Los cargos 18 a 26 alegaban que todos los acusados o algunos de ellos habían participado en la iniciación de guerras de agresión y guerras en violación del derecho internacional, o de tratados, acuerdos y garantías internacionales contra diversos países.
- Los cargos 27 al 36 alegaban que todos los acusados o algunos de ellos habían participado llevando a cabo guerras de agresión y guerras en violación del derecho internacional, o de tratados, acuerdos y garantías internacionales contra diversos países.
Grupo dos; relativo a la responsabilidad individual de los acusados por conspiración para cometer asesinatos y la comisión efectiva de los ilícitos homicidios o asesinatos mediante, crímenes contra la paz[13]; abarcaba los cargos 37 al 52 que se estructuraron en:
Cargos 37 al 38; se alegaba que Dohihara, Hiranuma, Hirota, Hoshino, Kaya, Kido, Kimura, Matsuoka, Muto, Nagano, Oka, Oshima, Sato, Shimada, Suzuki, Togo y Tojo junto con sus subordinados habían participado en calidad de líderes, organizadores, instigadores o cómplices en la formulación o la ejecución de un plan común o conspiración para asesinar y matar ilícitamente a civiles y miembros de las fuerzas armadas de los Estados Unidos, Filipinas, el Commonwealth Británico, los Países Bajos y Tailandia mediante la ilícita iniciación de hostilidades contra dichos países, así como ordenando, determinando y permitiendo ilícitamente que las fuerzas armadas del Japón atacaran el territorio, los buques y los aviones de dichos países o de algunos de ellos, con los que el Japón estaba en paz, entre el 1° de junio de 1940 y el 8 de diciembre de 1941.
Cargos 39 al 52; se referían a las imputaciones relacionadas con la efectiva comisión de asesinatos u homicidios ilícitos como crímenes contra la paz.
Grupo tres; contenía los cargos 53 a 55 relativos a otros crímenes de guerra convencionales y a crímenes de lesa humanidad que el Tribunal estimo, podrían ser juzgados por tribunales locales en las distintas naciones en la que estos hubieren sido cometidos, salvo los cargos 54 y 55 respecto a la responsabilidad directa y la responsabilidad de comisión de los crímenes respectivamente.
Cabe destacar que en los siete meses en que la acusación se llevó a cabo no se aceptaron las mociones de la defensa que versaban sobre la falta de jurisdicción e imparcialidad del tribunal ni tampoco respuestas o pruebas de descargo por parte de los acusados.[14] En este lapso declararon más de 1.300 testigos y se examinaron cientos de documentos escritos, fotografías y filmaciones.[15]
La Defensa de los Acusados
Posterior a la formulación de la acusación, la defensa pudo dar inicio a la exposición de su caso a partir del 24 de febrero de 1947; la cual concluyó poco menos de un año después, en el 12 de enero de 1948 en donde se alegó, como argumento principal la falta de jurisdicción por parte del TPIMLO para juzgar a aquellos individuos que en ese momento figuraban como acusados, la falta de objetividad de los jueces y fiscales del mismo tribunal en el entendido en que estos habían sido nombrados por sus respectivas naciones y solo se estaban avocando
a la resolución de lo que ellos consideraban como crímenes de la nación que había resultado derrotada; y no así de aquellos que sus respectivos ejércitos y líderes políticos y militares cometieron en contra del pueblo japonés figurando como ejemplo principal la orden del presidente de los Estados Unidos, Harry S. Truman, de utilizar las bombas atómicas en Hiroshima y Nagasaki contra de la población de Japón, causando un total de entre unas 129,000 a 246,000 muertes entre civiles y militares.[16]
Sin embargo, algo que también llamó bastante la atención acerca de lo vertido por los acusados en esta etapa fue la nula referencia que se hacía a la figura del emperador tanto por los funcionarios políticos como militares e inclusive la férrea defensa que se hacía por los abogados de estos para “aclarar” por qué Hirohito69 no tendría que encontrarse siquiera como un testigo o aportar evidencia dentro del procedimiento que se estaba llevando en esos momentos. De igual forma, también era evidente un intento de la fiscalía a efecto de conducir los interrogatorios de los acusados y lo que estos decían, incluso al punto llegar a ser amonestada por los juzgadores al advertir que el fiscal general se encontraba “poniendo palabras en boca de los acusados” al referirse a detalles que tuvieren que ver con el emperador. Tras la conclusión de la parte defensora se dio paso a las refutaciones por parte de la fiscalía, seguidos de la defensa quedando el juicio visto para sentencia el 16 de abril de 1948.[17]
Sentencia del Tribunal Penal Militar Internacional para el Lejano Oriente
La sentencia fue leída entre el 4 y 12 de noviembre de 1948[18]; esta decidió sobre un número más reducido de cargos que figuraron en la acusación por parte de la fiscalía por las siguientes razones:[19]
- Responsabilidad individual de los acusados por crímenes contra la paz: Se estimó que los delitos específicos de conspiración eran repetitivos. En este grupo los jueces se limitaron a decidir únicamente respecto del primer cargo y desecharon el resto de ellos. También consideraron que los cargos referentes a la preparación y planificación de una o varias guerras de agresión (16-17) se encontraba cubierto de igual forma por el primer cargo, por lo que fueron desechados también. Finalmente, consideraron que la imputación por llevar a cabo una guerra de agresión (27-36), incluía necesariamente los delitos de iniciarla, por lo que los cargos 18 al 26 también se
- Responsabilidad individual de los acusados por conspiración para cometer asesinatos y la comisión efectiva de los ilícitos homicidios o asesinatos mediante crímenes contra la paz: Fueron desestimados por los juzgadores del Tribunal al considerar que el asesinato en una guerra de agresión es siempre, y por concepto, ilegal; y por lo tanto, no era necesario juzgar asesinatos particulares en diferentes escenarios de la guerra o dirigidos a colectivos concretos. De igual forma, los jueces argumentaron que a Carta del Tribunal no otorgaba jurisdicción para juzgar conspiraciones para cometer asesinatos, ni crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad por lo que desestimaron los cargos 37, 38 y 44.
- Relativos a otros crímenes de guerra convencionales y a crímenes de lesa humanidad: El cargo 53 fue desechado siguiendo la argumentación utilizada para descartar el segundo grupo de cargos. Solamente quedaron los cargos 54 y 55 respectivamente.
En el caso del grupo civil pocos fueron hallados culpables por la comisión de crímenes de tipo B y C.[20] La gran mayoría fue declarada culpable de la conspiración general y de llevar a cabo una guerra de agresión contra China, EE. UU., la Commonwealth y Países Bajos (cargos 1, 27, 29, 31 y 32).[21]
En lo que a los militares respecta, fue el grupo que acumuló los mayores cargos.[22] El grupo conformado por Kenji Dohihara, Seishiro Itagaki, Heitaro Kimura y Akira Muto fue hallado culpable por conspiración y agredir a China, EE. UU., la Commonwealth, Países Bajos, la URSS y Mongolia sí como de responsabilidad directa por crímenes B y C (cargos 1, 27, 29, 31, 32, 35, 36, 54 y 55), siendo todos condenados a la horca. Respecto a Hideki Tojo, este fue encontrado culpable por crímenes de clase A (cargos 1, 27, 29, 31, 32 y 33) y de responsabilidad directa por crímenes B y C (cargo 54), siendo condenado de igual forma a pena de muerte.[23] Los militares que no fueron condenados a muerte fueron Hunroko Hata y Kuniaki Koiso, Takasumi Oka, Kenryo Sato, Shigetaro Shimada, Teiichi Suzuki y Yoshijiro Umezu. Los dos primeros fueron hallados culpables de crímenes clase A (cargos 1, 27, 29, 31 y 32) y clases B y C (cargo 55); los segundos, sólo de crímenes clase A (cargos 1, 27, 29, 31 y 32).
En total, solo siete de los acusados fueron condenados a muerte, destacando Hirota, quien fuere el único civil de ese grupo; a los civiles restantes, Shigemitsu y Togo, se les impuso sentencias de prisión de siete y diez años respectivamente, así como la inhabilitación de ejercer cualquier cargo público una vez que su sentencia privativa terminara. El resto de los acusados (16) fue condenado a cadena perpetua. Es importante mencionar que las ejecuciones se dispusieron para el día 25 de noviembre; sin embargo, estas tuvieron que ser suspendidas debido a que los abogados defensores de Doihara, Hirota, Tojo, Kido, Oka, Sato y Shimada presentaron un recurso a la Suprema Corte de los Estados Unidos donde alegaban la falta de legalidad en el proceso seguido ante el TPMILO, solicitando una revisión de dicha sentencia con miras a lograr anularla. La decisión de la Suprema Corte se dio a conocer el 20 de diciembre mediante un comunicado donde establecía que “…El general McArthur ha sido elegido y actúa como Comandante Supremo de las fuerzas aliadas. El Tribunal Militar ha sido instituido por el general McArthur en su calidad de órgano ejecutivo de las fuerzas aliadas. Por lo tanto, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos no tiene poder ni autoridad para revisar, confirmar, rechazar o anular la sentencia. De aquí que la petición sea desestimada…”.[24]
Luego de desestimar el recurso, los siete condenados pasaron sus últimos días en la cárcel de Sugamo. La ejecución fue fijada para las 24:00 horas del día 23 de diciembre de 1947. Tras la ejecución, los cuerpos fueron cargados en camiones de la policía militar y llevados al crematorio de Kubyama. Las cenizas se trasladaron a un destino secreto y los periódicos publicaron una poesía que Tojo había dictado antes de morir: “Adiós a todos, hoy atravesaré las montañas terrenas, y gozosamente entraré en los campos de Buda”[25]. Tras las ejecuciones, y para rebajar la tensión entre los diferentes representantes de los acusados y los fiscales, un miembro de la defensa proclamó: “Ahora la paz debe reinar entre nosotros. Los horrores de la guerra deben ceder el paso a la colaboración entre los pueblos. Los Estados Unidos deberán olvidar Pearl Harbor y nosotros, los japoneses, olvidaremos Hiroshima y Nagasaki”.[26]
Dicha sentencia, a diferencia de la emitida en Núremberg dos años antes, se caracterizó por la poca presencia de las condenas de muerte y además de la inexistencia de absoluciones por parte del órgano juzgador. También fue bastante notorio el descontento de algunos de los jueces del mencionado Tribunal, quienes lejos de apoyar el hecho de que la sentencia ratificaba la persecución de los crímenes de guerra y las atrocidades cometidas en ambos frentes de la segunda guerra mundial y abría una nueva era de paz y justicia para el mundo, pensaban que el proceso había sido completamente viciado desde un inicio. Sin embargo, lo más llamativo de esto es el hecho de que la sentencia fue emitida en un primer momento por una supuesta “unanimidad” de criterio de todos los juzgadores y no fue hasta 1977 que esta, junto con las opiniones concurrentes de Webb (Australia), y Jaranilla (Filipinas) y las tres opiniones disidentes de Pal (India), Bernard (Francia) y Röling (Países Bajos) fueron publicadas para la población en general.
El después de los juicios de Tokio
Al día siguiente de la ejecución de la condena de los “siete de sugamo”, las autoridades estadunidenses concedieron amnistía a todos los sospechosos que habían sido detenidos por la comisión de crímenes de clase A que continuaban presos en la mencionada prisión. Seguido de ello, comenzaron a perseguir aquellos ideales que habían introducido.
De igual forma, llama la atención el hecho de que todos aquellos individuos sentenciados a cadena perpetua fueron liberados de manera sorpresiva uno detrás de otro en un periodo relativamente corto de tiempo tras la conclusión de actividades del TPMILO, llegándose a considerar por parte de los ciudadanos que “…los juicios no eran más que una prueba de una farsa hipócrita y en razón a esas liberaciones quedaba patente que Japón nunca fue culpable…”84. Esto culminó con el caso extremo de Nobusuke Kishi, uno de los hombres del gabinete que habían sido condenados a cadena perpetua; a estos individuos se les había prohibido ejercer cargos públicos una vez que estos fueren liberados por las autoridades, no obstante a esa prohibición y con un visto bueno de parte de la embajada de los Estados Unidos, pasó lo que jamás se estimaría posible para un condenado en un Tribunal Penal Internacional, Kishi se convirtió en primer ministro del Estado del Japón.[27]
También es notorio mencionar que la desmilitarización de Japón y su abolido derecho a la guerra como método de defensa, plasmado incluso en la nueva constitución, terminó al momento en que la Guerra de Corea estalló en los años 50 del siglo pasado y los dirigentes de los Estados Unidos pensaron en un aliado y base para desplegar a sus tropas cerca del área de conflicto86; derivado de la ideología que se presentaba en la clase política norteamericana donde se establecía que Japón desempeñaría un papel de equilibrio global en la posguerra y así, este pasaría a ser de un antiguo enemigo a un mero aliado sumiso de la guerra fría.
Así, las acciones realizadas entre los años de 1928 y 1945 se desvanecieron en la memoria colectiva del pueblo japonés, recordando a la guerra, no como lo que fue en realidad, si no una guerra noble en la cual Japón terminó siendo víctima del enfrentamiento de los aliados con la “camarilla militar de Tojo”; en donde el pueblo japonés solamente fue espectador de tales hechos.
Conclusiones
En un primer lugar podemos concluir que el TPMILO, a diferencia de su relativo en Núremberg, es menos conocido (posiblemente debido a que en contraste a la enorme publicidad recibida durante el proceso no fue hasta después de 29 años que se pudo conocer la sentencia, así como las opiniones que los jueces sostuvieron dentro de todo el proceso). Sin embargo, podría llegar a ser considerado incluso más importante que su antecesor al sentar el delito de omisión (cargo 55) y con ello hacer que en adelante también se pudiera considerar la obligación de los líderes, tanto civiles como militares, de impedir que actos contrarios a la ley internacional ocurran y enmendar aquellas violaciones que hubieren podido evitarse en el transcurso de los conflictos.
A pesar de estos señalamientos, que a consideración del autor marcaron un parteaguas en la concepción y lineamientos del Derecho Internacional que finalmente se cristalizarían en órganos como la Corte Internacional de Justicia o la Corte Penal Internacional, también es importante señalar que no obstante a ellos, los llamados “Juicios de Tokio” continúan siendo objeto de controversia al punto de considerarse viciados desde su concepción. Comenzando con el hecho de que estos fueron establecidos desde un mandato de carácter ejecutivo contrario al establecimiento del Tribunal de Núremberg, nombrar a jueces con un evidente conflicto de interés al haber participado en escenarios del pacífico e incluso encontrarse dentro de las atrocidades del ejército imperial; apartar de ello a personajes que fueron considerados como claves en todos los momentos de la guerra alegando que eran meros observadores de un conflicto, incluso el hecho de encontrar revueltas que habrían llevado a una nueva fase de guerra civil si estos eran siquiera acusados cuando era completamente evidente que sin su decisión ninguna de las operaciones del imperio hubieren sido posibles; así como conceder inmunidad a cambio de información científica, que se dice, apareció de una forma refinada en conflictos posteriores como la guerra de Corea; ganándose de esa forma los adjetivos de estar plagados de norteamericanismo, parcialidad, subyugación de los jueces y fiscales a sus respectivos gobiernos y de solo aplicar la justicia del vencedor al no ser sancionados los crímenes cometidos por las fuerzas aliadas.
Es por estas consideraciones que nos es posible determinar que, a pesar de haber abonado cuestiones positivas en cuanto a derecho internacional se refiere; lo cierto es que a todas luces puede notarse que el proceso de Tokio parece ser más un montaje por parte de las potencias aliadas (sobre todo las occidentales capitalistas) a efecto de asegurarse un bastión que serviría para contener la expansión comunista que, al final del día, solo terminó con las muertes de las personas que consideraban representantes de las ideologías fascistas y militaristas; mientras que los condenados restantes poco a poco fueron reinsertados en la sociedad y lejos de ser vistos con rechazo, muchos incluso se merecieron la admiración de gran parte de la población. Volviendo incluso a cargos públicos a los que supuestamente no tenían derecho de acceder de nueva cuenta, faltando así a todos los principios con los que el proceso habría sido establecido. Se afectó así no solo el verdadero propósito, si este existió en un momento, de los Tribunales Internacionales, también de la memoria colectiva del pueblo japonés que hasta la fecha considera ser completamente inocente de todas campañas y atrocidades realizadas entre los años de 1928 y 1945; y solo podrá ser corregida cuando un verdadero replanteamiento de estos hechos sea adoptado, no solo por esa nación, sino por todos los involucrados en los controversiales “Juicios de Tokio”.
Bibliografía
- Researching Japanese War Crimes y Select Documents on Japanese War Crimes and Japanese Biological Warfare, 1934-2006, The National Archives (US).
- “Day of Infamy” Speech: Joint Address to Congress Leading to a Declaration of War Against Japan (1941).
- Informe oficial, Cámara de los Comunes, 8 de diciembre de 1941, quinta serie. 376, cols. 1358–1359.
- United States Department of State Foreign relations of the United States diplomatic papers, The Conferences at Cairo and Tehran, 1943.
- «Potsdam Declaration: Proclamation Defining Terms for Japanese Surrender Issued, at Potsdam, July 26, 1945». National Science Digital Library.
- Revista Dignitas, no 3 (2020)-ISSN: 2605-2172, El proceso de Tokio: el Tribunal Penal Militar Internaiconal para el Lejano Oriente (1946-1948), Carpintero García Gadea.
- David Bergamini, “Japan’s Imperial Conspiracy: How Emperor Hirohito led Japan into War with the West”, Nueva York,1971.
- Japanese Instrument of Surrender, 1945, National Archives.
- ELLARS, “Imperfect Justice at Nuremberg and Tokyo” The European Journal of International Law, Volume 34, No. 4, 2011.
- PCNICC/2002/WGCA/L.1, Examen histórico de la evolución en materia de agresión, Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional Grupo de Trabajo sobre el crimen de agresión.
- Martinus Nijhoff, Beyond Victor’s Justice? The Tokyo War Crimes Trial.
- Drea, Edward J. “Researching Japanese war crimes records: introductory essays: Nazi War Crimes and Japanese Imperial Government Records Interagency Working Group, Washington, DC 2006.
- https://historia.nationalgeographic.com.es/a/shiro-ishii-criminal-guerra- japones_15408.
- Sandoval, Alberto, El desarrollo de la competencia primeros aportes desde Nûremberg y Tokio, s/f.
- Takashi Tsuchiya. “The Imperial Japanese Experiments in China”. The Oxford Textbook of Clinical Research Ethics, Oxford University Press, 2011 p. 35, 42.
- BOISTER, N. “The Tokyo Tribunal: A show Trial?”. En (eds.) CHEAH, W. L., & YI, P. (2014) p. 28.
- Tim B. Toidze., Juzgando a Japón, Los Juicios de Tokio, 1946-1949.
- Shira Megerman “The Tokyo War Crimes Trials (1946-1948): Selected Links & Roling.
- B., A. Cassese, El juicio de Tokio y más allá. (Iglesias Vázquez, M. A. trad). Valencia: Tirant lo Blanch, 2019.
Notas
[1] Grunden, Walter E., Secret Weapons & World War II: Japan in the Shadow of Big Science, ed. cit., s/p.
[2] Moreno, Jonathan D. “Undue Risk: Secret State Experiments on Humans” Routledge, ed. cit., s/p.
[3] Nie, Jing Bao, et al. “Japan’s Wartime Medical Atrocities: Comparative Inquiries in Science, History, and Ethics”, ed. cit., s/p.
[4] Felton, Mark. “The devil’s doctors: Japanese Human Experiments on Allied Prisoners of War”, Pen & Sword, ed. cit., s/p.
[5] Lupis, Marco, “Orrori e misteri dell’Unità 731: la ‘fabbrica’ dei batteri killer”, La Repubblica, ed. cit., s/p.
[6] Hal Gold, Unit 731 Testimony, ed. cit., p. 109.
[7] BBC Horizon “Biology at War: A Plague in the Wind”, 33:00.
[8] Drea, Edward J. “Researching Japanese war crimes records: introductory essays: Nazi War Crimes and Japanese Imperial Government Records Interagency Working Group, Washington, ed. cit., s/p.
[9] https://historia.nationalgeographic.com.es/a/shiro-ishii-criminal-guerra-japones_15408.
[10] Trial of Japanese War Criminals: Documents, Department of State Publication N° 2613 , United States Government Printing Office, ed. cit., p. 45.
[11][11] Martinus Nijhoff, Beyond Victor’s Justice? The Tokyo War Crimes Trial Revisited ed. cit., s/p.
[12] PCNICC/2002/WGCA/L.1, Examen histórico de la evolución en materia de agresión, Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional Grupo de Trabajo sobre el crimen de agresión, ed. cit., p.134.
[13] PCNICC/2002/WGCA/L.1, Examen histórico de la evolución en materia de agresión, Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional Grupo de Trabajo sobre el crimen de agresión, ed. cit., p.137.
[14] ELLARS, K. “Imperfect Justice at Nuremberg and Tokyo” The European Journal of International Law, ed. cit., s/p.
[15] PCNICC/2002/WGCA/L.1, Examen histórico de la evolución en materia de agresión, Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional Grupo de Trabajo sobre el crimen de agresión, ed. cit., p.133.
[16] MEIERHENRICH, J. “Conspiracy in International Law”, ed. cit., p. 341-357.
[17] Tim B. Toidze, Juzgando a Japón, Los Juicios de Tokio 1946-1949, 35:10.
[18] Shira Megerman “The Tokyo War Crimes Trials (1946-1948): Selected Links & Bibliography”.
[19] Revista Dignitas, EL PROCESO DE TOKIO: EL TRIBUNAL PENAL MILITAR INTERNACIONAL PARA EL LEJANO ORIENTE (1946-1948), ed. cit., p.113.
[20] Las excepciones fueron Koki Hirota, declarado culpable por los cargos 55, 1 y 27, siendo condenado a muerte y Mamoru Shigemitsu, declarado culpable por los cargos 55, 27, 29, 31, 32 y 33, aunque recibió la condena más baja de todos los acusados (7 años de prisión).
[21] Solamente Toshio Shiratori fue declarado culpable por la comisión de un único cargo.
[22] Como excepción figuran Sadao Araki, hallado culpable de los cargos 1 y 27, Hiroshi Oshima, declarado culpable únicamente por conspiración, e Iwane Matsui, declarado culpable por el cargo 55, sin embargo, fue condenado a pena de muerte.
[23] Revista Dignitas, EL PROCESO DE TOKIO: EL TRIBUNAL PENAL MILITAR INTERNACIONAL PARA EL LEJANO ORIENTE (1946-1948), ed. cit., p.114.
[24] https://historia.nationalgeographic.com.es/a/juicios-tokio-nuremberg-japones_14889.
[25] Tim B. Toidze, Juzgando a Japón, Los Juicios de Tokio 1946-1949, 50:35.
[26] Ibid.
[27] RÖLING, B. V. A. & CASSESE, A., El juicio de Tokio y más allá, ed. cit., s/p. Valencia: Tirant lo Blanch. en Japón a efecto de que la nación pudiera “democratizarse” como lo fueron las ideas comunistas, los sindicatos, así como la libertad de expresión que tanto habían estimado necesarios para que el país del sol naciente “…olvidará su pasado fascista e iniciará una nueva época de paz y prosperidad…” temiendo que los japoneses pudieran dar un giro al comunismo de la URSS y así perder un aliado capitalista en el lejano oriente que permitiera contener la expansión de esa ideología.