Vivimos en un mundo en el que casi toda la tierra está bajo la jurisdicción de alguna entidad política, generalmente un Estado-nación. Además, vivimos en un mundo en el que hay reglas estrictas establecidas por cada uno de estos estados individuales sobre quién puede entrar en un país, quién puede inmigrar allí o permanecer permanentemente, quién puede trabajar allí tal vez sólo por un período de tiempo y, en algunos casos, quién puede salir, quién puede emigrar o viajar al extranjero y por cuánto tiempo. Hay reglas sobre todo esto. El Banco Mundial estima que, en 2010, había un total de 216 millones de personas que eran inmigrantes, y que se trasladaban de un país a otro en su vida. Esto representa el 3,2% de la población mundial. Así, los diez principales países de destino son: Estados Unidos, Federación de Rusia, Alemania, Arabia Saudita, Canadá, Reino Unido, España, Francia, Australia e India; por su parte, los diez países de los que se desplaza una mayor cantidad de personas son: México, la India, la Federación de Rusia, China, Ucrania, Bangladesh, Pakistán, Reino Unido, Filipinas y Turquía. Tengamos en cuenta que la India, la Federación de Rusia y el Reino Unido se encuentran en ambas listas.
Las reglas que rigen cómo, cuándo y por qué la gente se mueve, tienen efectos muy pronunciados en la vida de las personas. En este trabajo, en un primer momento, consideraremos las razones por las cuales la gente argumenta que los estados-nación pueden razonablemente excluir a las personas, limitando la cantidad de inmigración hacia un país. A continuación, en una segunda parte, consideraremos argumentos en contra de las reglas de exclusión de este tipo, argumentos que de una manera u otra defienden las fronteras abiertas a partir de la posibilidad de asumir que haya un derecho humano a la libertad de movimiento. Es importante destacar, sin embargo, que también parece plausible que este derecho no sea absoluto. Así, por ejemplo, no se nos permite simplemente caminar o correr sobre alguien que está literalmente en nuestro camino. Así que no tenemos libertad de movimiento en cualquier parte. Y si respaldamos algún tipo de derechos de propiedad justificables, podría haber límites a donde podamos ir que estén fijados por los límites de la propiedad privada de la gente. Así que podemos pensar en derechos de propiedad sobre, por ejemplo, un pedazo de tierra, con los que se obtiene el derecho de usar la tierra, así como el derecho de cambiar o transferir la tierra a otra persona y el derecho a excluir a otros de usarla.
Muchas de estas justificaciones se centran en los beneficios e incentivos económicos de la propiedad privada, en el potencial para reducir el uso excesivo o el agotamiento de los recursos y la posibilidad de una planificación individual a largo plazo. Por lo tanto, en el caso de las restricciones de inmigración y las normas relativas a la exclusión, es plausible que también se necesite una justificación moral. Si tenemos que justificar la propiedad privada, imponiendo este tipo de límites, con más razón debemos justificar las restricciones a la inmigración. Y dados los costos significativos de esas reglas para las personas, estas justificaciones tienen que ser bastante sólidas.
El filósofo estadounidense Michael Huemer, en su brillante y provocativo artículo, ¿Hay derecho a inmigrar?, nos pide que comencemos imaginando el caso siguiente: un hombre llamado Marvin necesita desesperadamente comida. Tal vez alguien ha robado su comida, o tal vez un desastre natural destruyó sus cosechas. Cualquiera que sea la razón, Marvin está en peligro de morir de hambre. Afortunadamente, tiene un plan para remediar el problema. Él va a caminar al mercado local, donde conseguirá pan. Supongamos que, en ausencia de interferencia externa, este plan tendría éxito. El mercado está abierto, y hay personas que están dispuestas a comerciar con Marvin a cambio de algo que él tenga. Otro individuo, Sam, es consciente de todo esto y está observando a Marvin. Por alguna razón, Sam decide detener a Marvin en su camino hacia el mercado, forzándolo a no llegar al mismo. Como resultado, Marvin vuelve a casa con las manos vacías, donde muere de hambre. Entonces surgen las siguientes preguntas: ¿cuál es la evaluación correcta de la acción de Sam? ¿Sam le hizo daño a Marvin? ¿Violó los derechos de Marvin? ¿Fue mala la acción de Sam? Huemer piensa que está claro que Sam dañó a Marvin y que violó sus derechos. Incluso, si la muerte de Marvin era razonablemente predecible, entonces el acto de Sam es análogo a un asesinato. Huemer señala que este no es un caso de alguien que permanece ocioso y permite que alguien sufra o muera. Tal vez Sam podría decir que él simplemente se negó a dar comida a Marvin, pero lo que hace Sam es muy diferente de eso. Él interviene, activamente, para evitar que Marvin llegue a la comida. Huemer afirma que el acto de Sam fue coercitivo y que violó los derechos de Marvin de no ser sometido a una coerción que le resultara extremadamente perjudicial. Sugiere que tal vez el comportamiento de Sam podría justificarse si, por ejemplo, era necesario prevenir la muerte de un millón de personas inocentes. Pero como señala Huemer, eso no está presente en este caso. Este caso no tiene circunstancias especiales como esas. Así, Huemer utiliza este caso para ilustrar el caso del derecho a inmigrar, ofreciendo una especie de analogía con la política de inmigración de los Estados Unidos. Así como lo expresa Huemer, el papel de Marvin es desempeñado por aquellos inmigrantes potenciales que buscan escapar de la opresión o las dificultades económicas. El mercado es Estados Unidos. Si se les permitiera entrar, la mayoría de los inmigrantes tendrían éxito en satisfacer sus necesidades en mayor medida, al menos, que si no se les permite entrar. El papel de Sam es desempeñado por el gobierno de los Estados Unidos, que ha adoptado medidas severas para restringir la entrada. Estas restricciones son impuestas físicamente y por la coerción. Barreras y muros fronterizos impiden el paso; guardias armados son contratados para patrullar las fronteras, prohibiendo la entrada no autorizada, y los oficiales armados del estado detienen y expulsan a la fuerza a los inmigrantes que se encuentran residiendo ilegalmente en el país. Como en el caso de la detención de Marvin por Sam, la exclusión del gobierno de los Estados Unidos de los inmigrantes indocumentados también es muy perjudicial para la mayoría de los excluidos. Muchos sufren de opresión o pobreza que podrían y serían remediados si sólo pudieran entrar al país de su elección. En vista de esto, las acciones del gobierno de los Estados Unidos, a primera vista, constituye violaciones graves de los derechos de los inmigrantes potenciales. Específicamente, el gobierno viola su derecho a no ser coaccionado de manera perjudicial. Esto es lo que sostiene Huemer. Pareciera, pues, que la situación en la que nos encontramos por lo que se refiere a la política de inmigración es muy similar al caso de Sam y Marvin. Sin embargo, debemos pensar más en las posibles justificaciones que podrían existir para que un país como Estados Unidos imponga restricciones significativas a la inmigración.
En el caso de Sam y Marvin, no parece que Sam tenga ningún derecho especial sobre el mercado. Pero en el caso de un país como Estados Unidos, pareciera que hay un derecho especial a la tierra, al lugar, al país; lo suficiente como para que las personas que viven ahí puedan decidir sobre dejar o no acceder a las personas a ese lugar, sin tener que tomar en cuenta las situaciones particulares de los afectados por la decisión. La cultura y el orgullo nacional se enseñan a los ciudadanos estadounidenses desde pequeños. Aprenden a pensar en estos términos. Y así, puede llegar a ser casi natural pensar que se tiene algún derecho especial de estar aquí, en este lugar físico general que llamamos nuestra nación. Y ello independientemente de que Bill Gates sea dueño de una gran mansión. Ahí sé que no es mía y que no tengo ningún derecho a ella. Y sé que hay distintas propiedades de otros que no me corresponden. Pero no es ese tipo de derecho personal e individual sobre la tierra la que está en juego cuando se considera que esta tierra es mi tierra. Sino más bien una idea de que, en el fondo, de alguna manera, colectivamente, esta es nuestra tierra. Creo que esta idea se expresa filosóficamente introduciendo la idea de un estado distintivo, o de una cultura nacional ligada a unas tradiciones. Y se parte de ahí para argumentar que a) es necesario restringir la inmigración para preservar esa cultura, y b) que es moralmente permisible restringir la inmigración por esta razón. Este es un tipo de argumento que aboga por la preservación cultural. También se puede argumentar un derecho a la autodeterminación colectiva, que partiría de la idea de que nosotros, como comunidad nacional, tenemos derecho a autogobernarnos, argumentando, en consecuencia, que este derecho incluye la capacidad para excluir, el derecho a restringir la membresía y la participación en nuestra comunidad. Digamos un poco más sobre cada una de estas dos ideas. La primera idea, que podemos llamar argumento de preservación cultural, consta de tres afirmaciones distintas. La primera afirmación la podríamos llamar afirmación de existencia: existe una cultura nacional, un conjunto de tradiciones y valores culturales nacionales en algún sentido no trivial. La segunda afirmación la podríamos llamar demanda de amenaza: la inmigración sin restricciones representa una amenaza para esa cultura nacional. Y la tercera es la afirmación de la justificación de que la preservación de nuestra cultura nacional es una justificación moral adecuada para restringir la inmigración. Por lo tanto, las tres de estas afirmaciones son realmente necesarias para hacer que este argumento funcione. Joseph Heath y David Miller son dos de los filósofos más estrechamente asociados con argumentos de este tipo. Aunque la idea en sí también está estrechamente asociada con Samuel Huntington. Considero que las tres afirmaciones son algo dudosas. Vemos con detalle. En primer lugar, no es obvio lo que la cultura nacional en un lugar como, digamos, los Estados Unidos sería. Entonces, ¿cómo pensar sobre esta idea de que existe una cultura nacional? Ciertamente habrá algunos elementos que estén más presentes en los Estados Unidos que en otros lugares. Pero en el moderno mundo global interconectado, también hay mucha mezcla y esta incluye el arte y la música, el lenguaje, la comida, la religión y otros aspectos de la cultura. Los Estados Unidos exportan e importan cultura. Además, la tecnología ha hecho mucho más difícil que los muros, físicos y simbólicos, separen efectivamente naciones y culturas de la manera que podría haber sido el caso de hace mil años o más. Por lo tanto, con respecto a esa primera afirmación, parece un poco dudoso que los Estados Unidos tenga esa clase de cultura nacional sólida y distintiva. Consideremos ahora la segunda afirmación, suponiendo que de alguna manera podemos aceptar la primera afirmación de que hay una cultura nacional. Pero entonces, no es obvio cómo la inmigración representa una amenaza para la cultura nacional, incluso si admitimos que hay una. Además, los inmigrantes a menudo se asimilan a la cultura local y sus hijos ciertamente lo hacen. Así que, si la cultura es como la cultura en los Estados Unidos, ya bastante cosmopolita como podríamos decir, y en cierto modo, multicultural, entonces será difícil ver cómo agregar más inmigrantes amenazará esa cultura, en lugar de fortalecerla.
Pero incluso si queremos conceder que hay una cultura nacional y luego conceder que hay una amenaza para esa cultura nacional planteada por la inmigración sin restricciones, todavía es muy difícil imaginar que la última afirmación podría ser verdad, es decir, que esto proporciona una adecuada Justificación moral para restringir la inmigración. La cultura es, por supuesto, de gran valor, pero no hay ninguna sugerencia en este argumento de que la inmigración eliminará la cultura. Cuando mucho, la va a cambiar, pero eso no es un gran daño. Cualquiera que sea este tipo de daño a la cultura nacional existente, ciertamente no es un daño tan grande que justificaría la coerción extremadamente perjudicial que constituyen las restricciones de inmigración. O al menos es difícil ver cómo sostener ese argumento.
Ahora debemos considerar un par de argumentos más, y luego, consideraremos el tema de las fronteras abiertas. Un primer argumento sugiere que hay un derecho a la autodeterminación colectiva. Y una parte de ese derecho es el derecho a excluir o determinar los límites de la pertenencia a un grupo. Ese es el primer tipo de argumento que consideraremos. El segundo sugiere que una justificación para excluir a las personas, para tener restricciones a la inmigración, es el potencial daño económico que sufriríamos si permitiéramos una inmigración sin restricciones. Así, algunos de estos argumentos parten de la suposición de que nosotros, quienesquiera que seamos, los actuales miembros del grupo nacional, tenemos derecho a la autodeterminación política. Y que este derecho incluye el derecho a cerrar las fronteras de nuestro país, o de limitar la entrada, como nos parezca conveniente. Eso es parte de nuestro derecho a auto-determinarnos colectivamente. Michael Walzer ofrece argumentos en este sentido. Una idea relacionada es que somos parte de una sociedad democrática y que tenemos un derecho colectivo a determinar democráticamente lo que hacemos. Por lo tanto, para hacer esto, primero hay que identificar a la gente relevante para participar en el proceso democrático. Bob Goodin y otros, sugieren que las demos deben ser dibujadas no sólo en las fronteras nacionales como actualmente existen. Precisamente porque los efectos de las decisiones de una nación pueden afectar a la gente de otros lugares. Así que piensa que debemos dar una voz a todos los que se vean afectados por una decisión. Pero algunos han sugerido que en cualquier demos con el que comencemos vamos a tener que asumir un derecho para determinar quién puede unirse al grupo e incluso quién puede entrar en el territorio que está controlado democráticamente por el grupo. Los argumentos de este tipo apuntan a un derecho que tenemos como colectivo, como un grupo. Pero una objeción a este tipo de argumento es que este derecho tendría que ser un derecho moral. Por lo tanto, no es bueno señalar que actualmente, en los Estados Unidos, existe el derecho legal de imponer restricciones de inmigración bajo la ley de los Estados Unidos. Eso es sólo decirnos lo que ya sabemos, pero eso no sirve para justificar moralmente este derecho legal que el Congreso de los Estados Unidos tiene. Así que deberíamos buscar un derecho moral de algún tipo. Y entonces la objeción es que los estados políticos no tienen derechos morales en este sentido. Así, se podría sostener que sólo los individuos tienen derechos morales y que el colectivo, el grupo, no tiene ningún derecho en sentido moral. Otro tipo de rechazo relacionado con esto es que incluso si existe en tal grupo un derecho a excluir o a no asociarse con algunas personas, este no podría ser tan fuerte como los derechos individuales similares. Por lo tanto, pensando en el caso individual, sin duda podría tener el derecho de no tener que pasar tiempo con alguna persona en particular, sobre todo si encuentro que la persona me es molesta. Esto deriva de un derecho de libertad de asociación. Y ciertamente tengo derecho a no tener mi fortuna atada a la de alguien más, por ejemplo, a través de la fusión de nuestras cuentas bancarias o un matrimonio forzado. La visión moderna de los derechos individuales defiende que no se me puede obligar a realizar una asociación con otro individuo sin mi consentimiento. Pero no está claro que los derechos individuales de este tipo deban extenderse a un grupo más grande, o a un estado-nación. Así, la imposibilidad de obligar a algunas personas a ciertas asociaciones, sería relativamente débil, sobre todo frente a derechos aparentemente mucho más importantes como el que tendrían los otros a moverse libremente, particularmente cuando moverse libremente les impediría un gran daño. Y cuando pensamos en un país, y cuán pequeño es el papel que la mayoría de nosotros desempeñamos para convertirnos efectivamente en miembros del país del que somos ciudadanos, ya sea porque en su mayoría nacimos allí, o nuestras familias nos trasladaron allí, o ese tipo de cosas, va a ser difícil sostener un derecho muy robusto que permita mantener al grupo exactamente de la manera como es.
Para tener un derecho a excluir a otros es, por lo tanto, al menos plausible, que los principios democráticos relativos a la participación en la creación de leyes que tengan un gran efecto sobre otros, motiven la ampliación del grupo de personas que deberían tener voz, para incluir a los afectados por las restricciones de inmigración. Hablaremos un poco más sobre eso más tarde. Michael Humer sostiene este tipo de argumentos. A este tipo de argumento a la autodeterminación colectiva, que parece concebir a un estado-nación como un club privado, en donde una nación puede a su discreción decidir excluir a miembros no deseados, debe contraindicársele que los estados nacionales son diferentes de los clubes privados, en el sentido de que todos los individuos tienen que ser ciudadanos de, al menos, un país. Otra diferencia significativa, es que los estados nacionales proporcionan servicios extremadamente importantes, servicios fundamentales para nuestra vida cotidiana y no servicios meramente secundarios. De ahí el hecho de que algunos estados sean mucho mejores que otros, y que ello tenga efectos enormes sobre la vida de una persona.
Por otro lado, nos encontramos con el argumento de que las restricciones a la inmigración son justificables por razones económicas, como una forma de proteger el empleo y las oportunidades económicas de los actuales miembros del estado-nación. Así que algunas personas dirán que nosotros, como colectivo, tenemos la obligación de apoyar políticas que nos ayudarán, que nos beneficiarán. Y esa manera de obtener este tipo de beneficios es a través de restricciones de inmigración que nos faciliten tener o mejorar nuestro trabajo. A menudo se oyen comentarios como los de que los inmigrantes nos quitarán nuestros trabajos, o los inmigrantes reducirán nuestros salarios. Así, aunque este tipo de objeciones son comunes, en muchos aspectos parecen estar profundamente equivocadas al menos según los economistas que estudian el asunto. Si bien hay algún debate sobre el efecto inmediato de la inmigración en el empleo y en los salarios, muchos de los estudios sugieren que, de hecho, la inmigración aumenta los salarios y tiene un efecto neto positivo en el empleo nativo. Y todos los estudios muestran ganancias económicas netas masivas para toda la sociedad cuando se tiene una inmigración sin restricciones. Recientemente, dos economistas de la Universidad de Purdue, Angel Aguiar y Terrie Walmsley, modelaron los efectos de tres alternativas de política estadounidense. Estas son las tres opciones diferentes: deportación completa de inmigrantes mexicanos; legalización completa y legalización completa con mayor control fronterizo. Es decir: deportación, fronteras abiertas completas, y fronteras abiertas, pero con varios controles de frontera adicionales. Encontraron, tal vez sin sorpresa, que la deportación total reduce el producto interno bruto y que las otras dos opciones aumentarían significativamente el producto interno bruto. Así, la política de deportación, reduciría el PIB, en un 0,61%. La legalización con un aumento en el control fronterizo lo aumentaría en un 0.17%, es decir, sólo un poco. Y la legalización sin ningún control fronterizo lo aumentaría más, en un 0,53%. Los economistas abrumadoramente están de acuerdo en lo que la inmigración hace por el beneficio económico. También, el economista de Harvard Lant Prichett ha calculado que las fronteras abiertas de todo el mundo y no sólo un país en particular, aumentaría el PIB mundial en 65 billones de dólares. Y esto es probablemente una estimación conservadora. A veces se ven estimaciones que hablan de que podría triplicarse el PIB mundial. Las razones básicas por las que se piensa que la inmigración puede hacer que todos mejor económicamente es que, aunque algunos trabajadores pueden ver ciertamente salarios reducidos en el corto plazo, como hay de hecho más competencia en el mercado y una mayor oferta de trabajadores, estas reducciones son compensadas. Así, en particular, las empresas son capaces de ofrecer precios más bajos a los consumidores, dado que son capaces de pagar menos por el costo de producción, con lo cual todos nos beneficiamos. Y se daría una demanda creciente de varios bienes y servicios, ya que los más pobres del mundo podrán comprar y consumir más. Por lo tanto, al menos en una prospectiva económica, las fronteras abiertas parecen ser directamente beneficiosas.
Pero aún, como sugiere Michael Humler, podríamos pensar que estas preguntas están en cierto modo, algo fuera de lugar. Él sugiere que incluso podríamos conceder que la inmigración haría que algunos trabajadores nativos estuvieran económicamente peor y que esto aún no justificaría la coerción perjudicial que constituyen las restricciones migratorias. Así que ofrece otro ejemplo útil. Imaginemos que estoy siendo considerado para un trabajo en particular, y que sé que Bob es el único otro candidato. También sé que Bob está dispuesto a trabajar por un salario inferior que el que podría obtener yo si fuera el único candidato. En el día que Bob tiene programada su entrevista de trabajo, lo abordaré y lo retendré físicamente para evitar que vaya a la entrevista. Cuando se me confronte por mi conducta aparentemente inaceptable, explicaré que mi acción era necesaria para protegerme contra Bob de tomar el trabajo que de otro modo tendría. O bien, que me habría obligado a aceptar un salario inferior para conseguir el trabajo. Entonces, ¿esto proporciona una justificación adecuada para mi comportamiento? ¿Demuestra que, contrariamente a las apariencias iniciales, mi coacción perjudicial no viola los derechos de Bob? Alternativamente, ¿demuestra que mi acción, a pesar de ser una violación de sus derechos, fue una violación éticamente justificada de sus derechos? Huemer sugiere que la respuesta ciertamente es que no. ¿Quién podría decir, que el mero hecho de que Bob está compitiendo conmigo por un trabajo que yo deseo, o que Bob esté dispuesto a aceptar un salario inferior al que yo podría obtener si no tuviera que competir con él, invalida o suspende el derecho de Bob de no ser sometido a coerción perjudicial? Tampoco mi interés en tener menos competencia económica, supera el derecho de Bob de no ser coaccionado. Si mi necesidad del trabajo en cuestión era mucho mayor que la necesidad de Bob, entonces algunos podrían argumentar que estaría justificado en sobreponer los derechos de Bob. Pero, de hecho, no es necesario decidir exactamente cuándo puede anularse un derecho, ni si una necesidad económica mayor puede constituir una base adecuada para anular el derecho de un competidor a estar libre de coacción perjudicial. No necesitamos decidir estas cosas aquí, simplemente podemos estipular que Bob tiene por lo menos la misma necesidad del trabajo para el cual estamos compitiendo. Así que, en tal caso, nadie diría que el derecho de Bob de estar libre de los daños coercitivos es suspendido o superado. Este ejemplo sugiere que no podemos justificar las restricciones de inmigración de esta manera. De hecho, en general, no es fácil justificar las restricciones a la inmigración y, además, sí es posible señalar las fortalezas del caso positivo para las fronteras abiertas.
Uno de los principales argumentos, a favor de las fronteras abiertas, es una idea relacionada con la justicia. Parte del supuesto de que nuestras oportunidades de vida no deben ser dramáticamente diferentes, simplemente como resultado de la suerte con respecto a nuestros puntos de partida. Joseph Carens, un filósofo muy influyente y uno de los principales defensores de las fronteras abiertas, lo expresa de esta manera: la ciudadanía, en las democracias liberales occidentales es el equivalente moderno al privilegio feudal. Un estatus hereditario que mejora en gran medida las oportunidades de vida. Al igual que los privilegios de los derechos de nacimiento feudales, la ciudadanía restrictiva es difícil de justificar cuando uno la piensa de cerca. Esto piensa Carens. Por supuesto, podría haber otras maneras de alterar el enorme papel que desempeña la suerte de en donde le ha tocado a uno nacer. Por lo tanto, las fronteras abiertas no son la única manera de abordar este tipo de desigualdad de puntos de partida. Así, por ejemplo, podríamos apoyar medidas que mejoren la situación de las personas en todas partes, de modo que la brecha entre la riqueza y la pobreza sea mucho más pequeña, y así no habría los incentivos que tiene la gente para dejar el sitio en donde están ahora. Podemos hacer eso en teoría. Pero en realidad estamos muy lejos de ese resultado. Y es mucho pedir a los muchos que realmente se beneficiarían de moverse, esperar a que todo el mundo mejore. Ese es un argumento en defensa de las fronteras abiertas. Un argumento igualitario que parte básicamente de que no debemos permitir que las desigualdades deriven de algo así como la suerte.
Un argumento muy diferente es motivado por ideas de libertad, más que por la igualdad o la eliminación de la suerte en el lugar de partida. Por lo tanto, aunque estamos acostumbrados a la idea de que el lugar al que podemos ir, de alguna manera está limitado por las fronteras nacionales, podemos sostener que esa condición es difícil de justificar en el mundo moderno. ¿Por qué no puedo moverme a alguna parte si quiero? ¿Por qué es permisible coaccionar a la gente, para evitar que lo haga? Aquí estamos sosteniendo una idea más libertaria. Así que las escrituras de Carens ofrecen otro tipo de argumento. Supongamos que un agricultor de los Estados Unidos quería contratar trabajadores de México. El gobierno no tendría derecho a prohibirlo de hacer esto. Evitar que los mexicanos llegaran violaría los derechos tanto del agricultor estadounidense como del trabajador mexicano de realizar transacciones voluntarias. Así que, si estamos pensando en que somos libres y con capacidad de hacer ciertas cosas, es difícil ver qué justificaría limitar esas condiciones. Ahora bien, tal como hemos estado hablando, puede haber alguna justificación para esto, en la forma en que hay justificación para los derechos de propiedad privada, que limitan de manera similar nuestra libertad. Pero como hemos discutido, la justificación en el caso de restricciones de inmigración no es obvia. Ciertamente no podemos recurrir a los economistas para obtener apoyo, como en el caso de la propiedad privada. Todos están alineados contra restricciones de inmigración de este tipo. Por lo tanto, un argumento diferente en defensa de las fronteras abiertas, sostiene que las consideraciones democráticas realmente requieren que los estados-nación no puedan adoptar políticas restrictivas de inmigración, a menos que den a las personas excluidas, un voto en el referéndum que decidiría si se debe utilizar o no la política restrictiva de inmigración. Así pues, dado que esas personas estarían sujetas a la coerción de ese estado, deberían tener el derecho a expresarse en esa decisión. Esta podría ser otra manera de abrir fronteras, porque la gente afectada probablemente no votaría a favor de las restricciones de inmigración. Ciertamente no significa que la gente votaría por las fronteras abiertas, pero ciertamente podría. Finalmente, podemos ver un argumento claro para las fronteras abiertas si consideramos la utilidad o los beneficios que las personas de todo el mundo obtendrían de tal política. Por supuesto, es imposible saber exactamente qué pasaría. Sería un mundo diferente. Una preocupación es que la algunas personas en esos países se beneficiarían significativamente. Tal vez aquellos, dentro de cada país, con los recursos o talentos para salir. Y que esa gente iría a los lugares alrededor del mundo, que serían mejores para ellos. Pero hay una preocupación sobre los países que serían dejados atrás. O cómo el peor en esos países se volvería aún peor por la fuga de recursos humanos capaces que tendría lugar. Mucha gente estudia estos efectos incluso ahora, y hay alguna evidencia de que los países de donde salen las personas, se benefician enormemente, así como el hecho de que las personas regresan, van a algún lugar durante algunos años y luego regresan, o envían dinero u otros recursos a sus hogares anteriores o a la familia que permanece en el país que dejaron. Hay mucho que considerar aquí y yo, de ninguna manera, pienso que cualquier cosa que he dicho es concluyente.
Bibliografía
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- Carens, Joseph. Immigrants and the Right to Stay, MIT Press, Boston, 2010.
- Goodin, Robert. Innovating Democracy: Democratic Theory and Practice after the Deliberative Turn, Oxford University Press, Oxford, 2008.
- Heath, Joseph. Immigration, Multiculturalism and the Social Contract, en Canadian Journal of Law and Jurisprudence, 10 (2), pp. 342-361.
- Huemer, Michael. “Is There a Right to Immigrate?”, en Social Theory and Practice, vol. 36, no. 3 (2010), pp. 429-461.
- Huntington, Samuel, Who Are We? The Challenges to America´s National Identity, Simon & Schuster, Nueva York, 2004.
- Miller, David. Strangers in our Midst. The Political Philosophy of Immigration, Harvard University Press, Boston, 2016.
- Walzer, Michael. Spheres of Justice, Blackwell, Oxford, 1983.
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